Por Andrea Santa María
México se encuentra adherido al Protocoló de Palermo desde 2003, documento que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y que busca prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente en mujeres y niños, con lo cual el estado mexicano puso de manifiesto su compromiso con el combate a los crímenes que atentan contra los derechos fundamentales.
Para el 27 de noviembre de 2007, publicaba en el Diario Oficial de la Federación la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y otras reformas a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos Penales en este sentido.
Sin embargo, de acuerdo al Diagnóstico Nacional sobre la Situación de Trata de Personas en México publicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en 2015, cuestiones como “la falta de consenso en torno a lo que debe ser sancionado como trata de personas, la carencia de reformas integrales que derivan en contradicciones de normas y la falta de capacitación especializadas que operan la norma” ha llevado a una “dispersión normativa tal que hizo casi imposible articular esfuerzos en materia de coordinación, investigación y persecución del delito”.
En este sentido, el documento indica que sólo 7 estados de la República cumplen con la mayoría de los principios establecidos por el protocolo antes mencionado, 17 sólo lo hacen de manera parcial y el resto mantienen una atención limitada a este tipo de casos.
Señala que, hasta 2011, los estados con mayor número de averiguaciones previas del fuero común por trata de personas son Aguascalientes, Tlaxcala, Chihuahua, Chiapas, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Distrito Federal y Veracruz con el 81% del total del país, destacando que estos mismos presentan, contrariamente, una baja incidencia de delitos vinculados a la delincuencia organizada.
En este diagnóstico expresa que los factores determinantes de la trata de personas están relacionados con la exclusión social y económica, así como la pobreza y marginación, señalando que la pobreza como tal no es un factor directo para ser víctima de trata sino una condición social que muchos tratantes aprovechan.
Ennumera otros patrones recurrentes como son el enganche por engaño, la explotación sexual y/ laboral o por enamoramiento, los cuales conllevan la mayor parte de las ocasiones, un fin de explotación por parte de grupos y redes criminales dedicados a este tipo de actividades, destacando internet como un medio del que aprenden, innovan y adaptan para sus fines.
Resume también que la trata de personas es una actividad que opera en la clandestinidad, por lo cual no se puede indicar un número concreto de víctimas afectadas por esta práctica.
Pese a ello, en lo referente al panorama mundial, la Organización Internacional del Trabajo estima que aproximadamente 2.5 millones de personas han sido victimas de trabajos forzados, siendo un 20% víctima de la trata.
En México, el principal sector afectado corresponde a niñas, niños y mujeres y hombres en edad productiva.
En el estado de Tamaulipas, desde 2012 existe la Unidad Especializada para la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de personas, la cual, ha reportado tan sólo 12 averiguaciones previas en el periodo de 2011 a 2015.
En este estado, la trata de personas se encuentra relacionada de manera importante con el cruce y explotación de inmigrantes por parte de grupos delincuenciales. Aunque no se tiene una cifra exacta al respecto, autoridades nacionales en coordinación con el Border Patrol han desarrollado campañas para detener a los traficantes que operan al sur de Texas.





