Tras ganar amparo pareja LGBT podrá casarse en Aguascalientes

191

Por Excélsior

 

Aguascalientes, Aguascalientes.- El pasado 25 de enero fue resuelto el Juicio de Amparo Indirecto, por el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, promovido para que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, informó el presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Jesús Eduardo Martín Jáuregui.

Lo anterior, luego de que la directora del Registro Civil del Estado se negara a dar trámite a la solicitud bajo el argumento del artículo 143 del Código Civil Vigente en la Entidad, dispone que el matrimonio sea la unión legal de un hombre y una mujer

Por la anterior, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos asesoró a la pareja para presentar un juicio de Amparo contra leyes.

“Lo que hicimos nosotros fue ampliarlo y hacer un amparo contra leyes, el amparo contra leyes se puede presentar cuando es publicada la ley, o bien, cuando sea el primer acto de aplicación para la persona que se ve afectada”.

En el acto se señaló como responsables al Congreso del Estado de Aguascalientes y al gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes (por ser un Amparo contra Leyes), detonando la negativa de la directora del Registro Civil, considerándose el primer acto de aplicación de la Ley a la quejosa, por lo que también a la directora General del Registro Civil se le consideró como autoridad responsable.

Roberto Reyes, visitador auxiliar de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos señaló que el 25 de enero salió la sentencia en donde se concede el amparo declarando inconstitucional el artículo 143.

“Se dice que en la parte sustancial en el artículo 143 se declara su inconstitucionalidad por violar el principio de igualdad y el derecho a la no discriminación, entonces los efectos del amparo en este caso en concreto son decirle al Congreso del Estado, al gobernador que esa parte del artículo es inconstitucional”, dijo Roberto Reyes.

Destacó que también se considera que se debe dejar insubsistente su oficio donde da la negativa a la quejosa para poder casarse y se dicte un nuevo acuerdo donde no tome en consideración el artículo 143 y que se le otorgue el derecho a la peticionaria del juicio a contraer matrimonio.

El visitador destacó que aún existe un obstáculo legal para declarar inconstitucional el artículo 143.

“Los tribunales federales que, en este caso en Aguascalientes, es el trigésimo circuito compuesto de dos tribunales colegiados cada tribunal colegiado tiene tres magistrados federales, ellos en pleno de circuito los seis magistrados deben de reunirse y checar o a petición de la parte interesada si ya tenemos el suficiente de asuntos para que declaren la inconstitucionalidad de ese tiene que ser cinco, entonces estamos pendientes”.

El presidente estatal de los derechos Humanos indicó que con esto se está marcando agenda al Congreso del Estado para que tome el tema.