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CUERNAVACA, Morelos.- Con recordatorios sobre la necesidad de respetar la laicidad del Estado a fin de garantizar los derechos de todas las personas, el gobierno de Morelos, a través del gobernador de la entidad, Graco Ramírez Garrido, promulgó la reforma constitucional al artículo 120 de la Constitución del Estado a fin de modificar la definición de matrimonio para que en lugar de ser considerada como la unión entre un hombre y una mujer sea definido como la unión entre dos personas.
Durante el acto protocolario, celebrado en la Casa de Gobierno local, en el que Morelos se convirtió en la primera entidad en modificar a nivel constitucional la definición de matrimonio, Ramírez Garrido señaló que México “ya no es el país del partido, sino de los partidos; ya no es el país de la Iglesia, sino de las iglesias; ya no es el país de la familia, sino de las familias”.
El gobernador morelense mencionó que el reconocimiento de este derecho es muy importante porque implica una garantía de igualdad, propia de un Estado laico, en el que se respetan las creencias y convicciones de cada persona, pero ningún fuero se impone sobre los derechos.
Además de permitir reconocer un derecho al que todos tenemos derecho que es el de ser respetados como personas, refirió.
Por su parte, Francisco Moreno Merino, presidente de la mesa directiva del Congreso del Estado, comentó que con esta reforma se superaron obstáculos a favor de la construcción de un nuevo panorama social y es muestra de la firme convicción que el respeto a los derechos humanos es la única vía para garantizar el pleno desarrollo de la sociedad.
Pendientes
Patricia Bedolla, integrante del Frente Estatal para la Diversidad Sexual, recordó que desde el 28 de junio de 2005 se presentó la primera iniciativa para legislar sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo en Morelos, y fue hasta 10 años después, el 28 de junio de 2016, que se cristalizo esa posibilidad.
La activista cuestionó que ante las movilizaciones de ciertos sectores sociales en las que hubo declaraciones ofensivas y discriminatorias en contra de los colectivos de la diversidad sexual por qué la Comisión Estatal de Derechos Humanos o la Secretaría de Gobierno, a través de la comisión de asuntos religiosos, no aplicaron las sanciones y medidas correspondientes.
Comentó que entre los pendientes que quedan está el contar con una ley contra la discriminación que aplique sanciones, la creación de un consejo estatal contra la discriminación, autónomo, con presupuesto y la implementación de un programa estatal contra la discriminación.
Agregó que se debe trabajar en una ley sobre identidad sexo genérica que permita a las personas contar con documentación oficial conforme a su identidad o expresión de género, garantice el acceso universal a la salud y que el proceso de reasignación sexo genérica sea gratuito en los centros de salud del estado.
Alejandra Haas, presidenta del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, indicó que “todas las personas tienen el derecho a elegir libremente a quien amar y con quien compartir su vida”.
Además de la modificación al artículo 120 de la Constitución morelense, también se reformaron el artículo 65 del Código Familiar morelense referente al tema de concubinato, figura jurídica que, al igual que el matrimonio, estaba supeditada a la unión entre un hombre y una mujer, el artículo 68, del mismo Código, en cuyo contenido repetía la definición de matrimonio, y algunos otros, referentes a aspectos administrativos.
La Declaratoria fue publicada esta tarde en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” del estado de Morelos por lo que la nueva normativa ya entró en vigor en la entidad.