
En Tamaulipas se hicieron modificaciones al horario para la venta y el consumo de bebidas embriagantes. La iniciativa aprobada en el Congreso de Tamaulipas, destaca que el horario máximo para venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado será a las 02:00 horas de acuerdo con el tipo de establecimiento.
La nueva Ley para la Operación y Funcionamiento de Establecimientos de Bebidas Alcohólicas de Tamaulipas entra en vigor el 1 de enero de 2025 y contempla los siguientes días y horarios, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V.
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Abarrotes, depósitos, licorerías, minisúper, supermercados, tienda de cerveza artesanal y tiendas de conveniencia, de lunes a sábado de 10:00 a 00:00 horas y los domingos de 10:00 a 20:00 horas.
Agencias distribuidoras, almacenes, envasadoras, fábrica y microfábricas, de lunes a domingo de 7:00 a 19:00 horas.
Cantinas y cervecerías de lunes a sábado de 10:00 a 00:00 horas.
Fondas, taquerías o coctelerías y cafeterías todos los días de la semana de las 10:00 a las 00:00 horas.
Billares o boliches, de lunes a sábado de las 12:00 a las 00:00 horas y domingos de las 12:00 a las 22:00 horas.
Centros recreativos y deportivos, centros de espectáculos y clubes sociales, de lunes a sábado de las 12:00 a las 02:00 horas del día siguiente y los domingos de las 12:00 a las 00:00 horas.
Centros nocturnos, discotecas y establecimientos con cruce y captación de apuestas, todos los días de las 20:00 horas a las 02:00 horas del día siguiente.
Bares, cine VIP, hotel o motel, restaurantes, restaurantes bar y salas de degustación para la venta exclusiva de cerveza artesanal, de lunes a sábado de las 10:00 a las 02:00 horas del día siguiente y los domingos de las 10:00 a las 00:00 horas.
Salones de fiestas y eventos de lunes a sábado de las 10:00 a las 02:00 horas del día siguiente y los domingos de las 10:00 a las 00:00 horas.
Palapas o salones con alberca de las 10:00 a las 02:00 horas del día siguiente.
Para los giros referidos en el presente artículo el 15 de septiembre, 24 y 31 de diciembre se observará el horario establecido al sábado.
Se aclara que es motivo de clausura cuando se enajenen bebidas fuera de los horarios establecidos.
Cabe mencionar que antes de la modificación a la ley, el horario máximo de venta en sitios como bares, centros nocturnos, entre otros, era a las 04:00 horas.
Por “Milenio”





