
Una reforma del Congreso de Tamaulipas que endureció los requisitos para acceder y permanecer en cargos municipales se encuentra bajo revisión, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación solicitara la opinión técnica de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Se trata de la reforma que impide aspirar o continuar en cargos locales a personas vinculadas a proceso por delitos dolosos. Se busca determinar si esa restricción vulnera la presunción de inocencia al imponer consecuencias electorales antes de una sentencia condenatoria.
Aprobado en abril de este año, el Decreto 66-1036 modificó el artículo 26 del Código Municipal para establecer que no puede ser integrante de un ayuntamiento quien esté sujeto a proceso por delito doloso, y que el impedimento surge desde la vinculación a proceso. Antes la referencia era al auto de formal prisión, figura que desapareció con el nuevo sistema penal.
También se reformó el artículo 38, fracción X, para incorporar como causa de suspensión o revocación del cargo el hecho de que un alcalde, síndico o regidor quede en alguno de los supuestos de inelegibilidad previstos en el artículo 26. Asimismo, el artículo 185 de la Ley Electoral fue armonizado para exigir esos mismos requisitos a las candidaturas locales.
Se examina una posible vulneración al principio de presunción de inocencia y al derecho a ser votado, porque bastaría una resolución inicial de un juez penal para impedir una candidatura o incluso provocar la pérdida del cargo de una autoridad municipal electa. Sin embargo, la Legislatura estatal sostuvo en su momento que se trata de un requisito de elegibilidad y de una medida para garantizar la probidad en el ejercicio de cargos públicos.
De acuerdo con información de la Corte y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) la controversia gira en torno a si una persona vinculada a proceso por un delito doloso puede ser impedida de contender por un cargo municipal o incluso perderlo sin haber sido condenada.
OTRAS NOTICIAS DE TAMAULIPAS… DALE CLICK.
A solicitud del máximo órgano judicial, se abrió en la Sala Superior del Tepjf el expediente SUP-OP-1/2026 para emitir una opinión técnica respecto de las normas electorales aprobadas en Tamaulipas. El magistrado ponente es Reyes Rodríguez Mondragón y la ministra instructora Lenia Batres Guadarrama.
Cabe recordar que existen antecedentes donde se han impugnado reformas de Tamaulipas cuando se considera que afectan derechos humanos o establecen requisitos de acceso a cargos públicos que se consideran discriminatorios o desproporcionados.
En 2019, la CNDH promovió una acción de inconstitucionalidad contra una reforma de la Constitución estatal que exigía ser mexicano “por nacimiento” para ocupar un cargo público. La Suprema Corte le dio la razón y declaró inválida esa porción normativa.
En 2020, se impugnaron disposiciones que establecían requisitos para ocupar cargos en el Servicio de Administración Tributaria estatal, argumentando que eran discriminatorios por antecedentes penales. La Corte también declaró la invalidez de parte de esas normas.
Ese mismo año promovió otra acción contra requisitos para acceder a cargos públicos dentro de la Ley de Seguridad Pública de Tamaulipas.
Será la Suprema Corte quien determine si una persona vinculada a un proceso penal puede ser impedida de contender por una alcaldía o perder un cargo municipal sin que exista una sentencia condenatoria firme.
Por “Milenio”





