Corte echará abajo la Ley General de Derechos Culturales

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Por Excélsior

Nuevamente se hizo mal y sin conocimiento de causa. Confusa, limitada y sin un objetivo claro, la iniciativa que propone crear la Ley General de Derechos Culturales elaborada por la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados para normar la cultura en México, está destinada al fracaso y, de ser aprobada, “en unos pocos días” la Suprema Corte de Justicia “la echaría abajo” por inconstitucional, considera la abogada, especialista en temas culturales, Norka López Zamarripa.

“Todo viene mal de origen”, dice la constitucionalista de la UNAM. La “gran transformación” que implicaría para el sector la creación de la Secretaría de Cultura, en diciembre de 2015, jamás se cumplió y ahora los diputados de la LXIII Legislatura, apoyados con “un grupo de expertos”, presentan “una payasada” que se suma a las múltiples propuestas que se han hecho en los últimos años para reglamentar la cultura: “la Secretaría de Cultura necesita una ley real, pero en ésta no saben ni lo que quieren normar, esto no es normar ni hacer política pública, ni facultar, ¿en 77 pobres artículos qué se puede hacer?”, cuestiona.

El 21 de marzo pasado, la diputada perredista Cristina Gaytán presentó a nombre de toda la Comisión de Cultura, la iniciativa con proyecto de Decreto que crea la Ley General de Derechos Culturales. El documento de 80 páginas que contempla 77 artículos, fue elaborado a partir de un Documento orientador que preparó un Consejo redactor, integrado por 13 académicos, analistas y promotores de la cultura que fueron elegidos por los mismos diputados.

Después de trabajar “a puerta cerrada” durante dos meses, dejaron lista la propuesta que derivó en la iniciativa de Ley y junto a otras cuatro propuestas surgidas en el Senado de la República, los legisladores buscarán dejar lista una ley que norme la cultura en el país. Tanto diputados como senadores, se reunirán en la figura de conferencia que les permite trabajar juntos en un mismo lugar y trataran de seguir el mismo camino fast track que utilizaron para crear la Secretaría de Cultura.

Los diputados dan por hecho que la Ley será aprobada, afirman que ha sido “plenamente consensuada” y que podría quedar aprobada “a más tardar en tres semanas”. La jurista López Zamarripa opina lo contrario: “yo auguró que no la aprueban, esto tiene 30 años y vamos pasar por otra y otra propuesta hasta que no llegue alguien que realmente entienda la cultura y llegue un presidente que diga: ‘sí, vamos a hacer la gran reforma’. Si esta iniciativa se aprueba en unos pocos días la Corte va a estar echándola abajo, porque tiene muchas vaguedades, se contradice y su objeto no es nada claro, no hay una claridad en el objetivo de esta Ley, es un revoltijo impresionante”.

Los problemas, señala la abogada que ha sido distinguida por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas y por la UNESCO, comienzan desde el primer artículo de la Ley: “está terriblemente mal, es forzado y rebuscado”. Pero las complicaciones se agudizan conforme avanza y cae en ambigüedad cuando trata de definir su objetivo: “pretenden reglamentar el artículo 4º constitucional en materia de cultura, pero, sin embargo, no establecen el derecho a la cultura, sino sólo a un derecho en concreto, que es el derecho de acceso a los bienes y servicios culturales”.

El objetivo fue definido por la Comisión de Cultura el 17 de marzo de 2016 cuando emitió un Acuerdo para discutir y elaborar una ley reglamentaria del párrafo 12 del artículo 4º constitucional. López Zamarripa afirma que si bien la Constitución afirma en ese postulado que “Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia”, sólo se refiere al derecho de acceder y disfrutar de los bienes y servicios culturales, que ya están plenamente garantizados: “ahí están los museos, becas, conciertos, ¿cuándo se le ha limitado a alguien entrar a un museo? Nunca”.

Hablar de derechos culturales habría implicado meterse a temas como: Temática de derechos culturales; Administración cultural; Estrategias de activación, interpretación y valoración de la cultura; Financiación y fiscalización de la cultura; Visión económica, sociológica y sicológica del comportamiento del consumidor de los símbolos que expresan la cultura; Comunicación cultural; Patrimonio cultural; Arte y derecho; Protección del derecho de autor y nuevas tecnologías; Propiedad intelectual; Derechos culturales e Industrias culturales.

La iniciativa, agrega, es anticonstitucional además porque invade esferas del artículo 3º constitucional que se refiere a educación, “ellos están impedidos a meterse por el artículo 73, fracción XXV, que habla de la educación, no pueden entrar ni en derechos de autor, hay confusión, hablan mucho de derechos humanos, de tratados internacionales, de libre tránsito de las personas a los productos culturales, pero no está claro el objetivo: si lo que quieren es normar el artículo 4º o el 1º constitucional que habla de derechos humanos”.